en el Perú




a. Formular, planificar, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional del ambiente aplicable a todos los niveles de gobierno, en el marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental.
b. Garantizar el cumplimiento de las normas ambientales por parte del MINAM, los demás sectores y los diferentes niveles de gobierno, realizando funciones de promoción, fiscalización, supervisión, evaluación y control, así como ejercer la potestad sancionadora en materias de su competencia y dirigir el régimen de fiscalización y control ambiental y el régimen de incentivos previstos en la ley general del ambiente.
c. Realizar el seguimiento y monitoreo de las metas ambientales en los ámbitos nacional, regional y local y tomar las medidas correspondientes.
d. Coordinar la implementación de la política nacional del ambiente con los sectores, los gobiernos regionales y los gobiernos locales.
e. Prestar apoyo técnico a los sectores, los gobiernos regionales y locales para el adecuado cumplimiento de las funciones ambientales.