Legislación ambiental
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El sector hidrocarburos
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Incumplimiento de la ejecución del plan ambiental
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En caso el informe final que elabore el OSINERGMIN indique que la empresa no ha cumplido con los compromisos asumidos en el PAC, el OSINERGMIN:
a. Procederá de conformidad con sus facultades sancionatorias.
b. Requerirá al titular para que en el plazo máximo de 15 días calendario ejecute el plan de cese de actividades por incumplimiento del PAC, sin perjuicio de continuar acciones orientadas a cumplir con la normatividad vigente.
c. Evaluar el cumplimiento de los niveles máximos permisibles de los vertimientos, teniendo en consideración lo dispuesto por la resolución directoral 030-96-EM/ DGAAE o sus modificatorias, si las hubiere, en concordancia con los plazos establecidos para cada PAC.