por sectores




La DGAAM del MEM no podrá aprobar nuevas certificaciones ambientales o modificaciones de alguna preexistente correspondientes a aquellos titulares de la actividad minera respecto de los cuales el OSINERGMIN informe por escrito del incumplimiento en la ejecución de algún plan de remediación ambiental a cargo de dicho titular; o respecto de aquellos que, estando obligados, no hayan cumplido con presentar para su aprobación el correspondiente plan de remediación ambiental.
Las autoridades del sub sector minería están sujetas a la misma prohibición respecto de los permisos, licencias o autorizaciones que les corresponda otorgar conforme a sus competencias.
Esta prohibición subsistirá en caso de transferencia de la unidad minera, cambio de razón social o cesión minera a personas naturales o jurídicas vinculadas económica o societariamente.