de los RRNN



Uno de los requisitos indispensables para poder establecer esquemas de PSA es tener en claro quiénes podrán tener derechos sobre los beneficios provenientes de estos esquemas.
Será necesario aclarar que debe haber una relación causa-efecto entre aquellos que pueden tener derechos sobre dichos servicios (o más específicamente sobre la unidad de medida de dichos servicios) y las actividades de manejo y/o conservación sobre los recursos naturales que los proveen.
También será necesario explicar cuál será el procedimiento para obtener dichos derechos, tomando en cuenta que en principio los servicios ambientales, en tanto proceden de recursos naturales (que son un patrimonio natural de la nación), requieren de alguna modalidad de otorgamiento de derechos por parte del Estado peruano.