de los RRNN



A través de su norma de creación, decreto legislativo 1085, se le otorgan al Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre (OSINFOR) facultades para la supervisión y fiscalización del aprovechamiento sostenible y la conservación de los recursos forestales y de fauna silvestre, así como de los servicios ambientales provenientes del bosque, concedidos por el Estado a través de las diversas modalidades de aprovechamiento establecidas en la ley forestal y de fauna silvestre. Cabe señalar que este organismo se encuentra adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros.
Así, en el ámbito de los derechos otorgados en virtud de la ley forestal y de fauna silvestre, OSINFOR es el encargado de supervisar y fiscalizar los servicios ambientales, que en otras palabras, podría implicar representar al Estado en la supervisión de los esquemas de PSA.